1. Cuando el Inspector de Trabajo y Seguridad Social comprobase la existencia de una infracción a la norma sobre prevención de riesgos laborales, requerirá al empresario para la subsanación de las deficiencias observadas, aparte que por la recaída e inminencia de los riesgos procediese establecer la paralización prevista en el https://investigaci-n-de-accident34294.blogsmine.com/36541289/fascinación-acerca-de-iluminación-laboral